Estación Náutica Costa Cálida ha recibido en las últimas horas una respuesta positiva por parte del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible a la petición de la asociación de modificar el Real Decreto que limita y prohíbe el fondeo en el Mar Menor.

El pasado 13 de mayo, David Caro, presidente la asociación, envió un escrito al Ministerio en nombre de Estación Náutica Costa Cálida, la Asociación de Chárter Murcia, la Asociación de Empresas Náuticas y la Asociación de Puertos Deportivos y Clubes Náuticos de la Región de Murcia. En el mismo, se manifestaba la preocupación por la situación a la que se enfrenta el sector de la navegación y turístico del Mar Menor, a raíz de la publicación en el B.O.E. del Real Decreto 118/2024, de 30 de enero, por el que se establecen limitaciones a la navegación marítima para la protección y recuperación de la laguna.

En el artículo 7 de esta normativa y en relación con las limitaciones y prohibiciones de fondeo en el Mar Menor, se dice en su apartado 2b que se prohíbe esa actividad en zona ZEPA. Teniendo en cuenta que la laguna salada es todo zona ZEPA, ninguna embarcación podría fondear en toda la superficie. De tal manera, se dejaría sin refugio ni forma de realizar actividades de baño, pesca u otras a todas las embarcaciones, obligándolas a permanecer en constante movimiento.

En este sentido, las entidades firmantes alegaron en el documento el perjuicio económico que esto supone para las empresas del sector turístico, teniendo muchas de ellas que cesar su actividad ante estos problemas.

El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha atendido la petición, enviando una respuesta positiva a este escrito. Desde la administración marítima aseguran estar trabajando en la modificación de ese Real Decreto, mientras que proponen, como solución provisional, unas interpretaciones que posibilitarían la reanudación del fondeo en el Mar Menor con unas condiciones favorables para las empresas del sector náutico.

Paralelamente, mientras se aprueba la modificación, el Ministerio recomienda una interpretación coherente de estas modificaciones para la protección de la laguna salada.

La interpretación de la Administración Marina será, hasta esa modificación final del Real Decreto, la siguiente: regulación del fondeo por tiempo prolongado solo en los polígonos de fondeo que se autoricen y el fondeo de buques y embarcaciones de recreo está limitado en un triple sentido (no pude ser superior a 24 horas, solo se podrá llevar a cabo en las zonas que se delimiten para ello y las instalaciones para ese fondeo tendrán carácter ecológico.

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